Cuando existe un bien este debe ser propiedad de un individuo, y este será quien se considere capaz de hacer uso de la propiedad, sin embargo, existe un proceso por el cual una persona externa puede hacer uso de esta propiedad sin realmente ser dueña de la misma, y a este proceso se le llama usufructo.
¿Qué es el Usufructo?
Es aquel derecho que tiene una persona para hacer uso y disfrute de bienes de otros, con algunas restricciones, como lo son, no hacer cambios ni arreglos a la propiedad mientras este en uso de terceros. Ahora, el usufructo es lo que le da el derecho esa persona para hacer uso de un bien ajeno, sin adquirir la propiedad.
El usufructo se determina a partir de varios conceptos que al definirse se determina como funcionar el usufructo. El concepto principal que debe entenderse es el del pleno dominio, el cual es la forma en la que la propiedad la tiene un individuo sobre un bien, es decir que es dueña de él y puede poseer su uso. Del pleno dominio existen dos divisiones que son:
- Usufructo
- Nuda Propiedad
La diferencia que existe entre estos dos conceptos, es que la nuda propiedad es cuando una persona que posee un bien no puede hacer uso de este, y, como ya se sabe, el usufructo es lo opuesto. La plena propiedad se obtiene cuando el usufructo y la nuda propiedad se encuentran en la misma persona.
Características del Usufructo
Al igual que cualquier concepto debe cumplir con ciertas características para que se considere correcto con su definición, en el caso del usufructo existen varios puntos que lo determinan con un derecho, sin embargo, este derecho cumple con ciertos requisitos para considerarse tal, como lo son:
- La propiedad u objeto que sea parte del usufructo no puede ser propiedad de la persona que sea usufructuaria, debe ser parte de la propiedad del nudo propietario. De no ser así se cae en el concepto del pleno dominio.
- Debe darse el disfrute completo de la propiedad como un derecho, es decir que la persona que este haciendo el usufructo puede aprovechar el objeto en la mayoría de los ámbitos.
- Es temporal, por lo que el objeto o propiedad usufructuada no traspasa a ser del usufructuario, por lo que cuando el usufructuario llegue a la fecha límite pautada entre él y el nudo propietario, deberá acabar con el uso del objeto. La duración del usufructo puede variar por distintos motivos incluyendo que tipo de usufructo se este presentando.
Tipo de Usufructo
Existe diversidad de usufructo que se adaptan a cada caso particular y estos se pueden dividir a su vez según las características que cumplan. De esta forma, se entiende la forma en la que un usufructo funciona en cada uno de sus ámbitos, como lo son la duración, su objeto y como se constituyen.
Duración
Existen dos tipos de usufructo según su duración, el primero se llama usufructo temporal, el cual concede por un periodo de tiempo que debe determinarse para el proceso de usufructo, este tiempo debe formarse en el contrato del usufructo. El otro tipo en cuanto a su duración es el usufructo vitalicio, en el cual su tiempo de duración es hasta la muerte del usufructuario.
Objeto
El usufructo tiene como objeto principal la propiedad que se encuentra en este proceso. Existen dos tipos de usufructo según este ámbito, entre los que se encuentran el usufructo de bienes materiales, y por otro lado el usufructo de derechos.
Constitución
Este proceso se constituye principalmente por la ley quien lo ampara, además de la voluntad de los involucrados particulares y por la usucapión. En el usufructo legal se encuentra la disposición legal, donde se encuentra el título constitutivo, este título puede ser:
- Mortis causa, a través de un testamento.
- Inter vivos, a través de un acuerdo donde ambas partes se encuentran en vida.
El usufructo es un proceso que puede beneficiar a todas las partes, así como se puede dar entre cualquier tipo de personas, familiares, amigos conocidos o incluso desconocidos, siempre teniendo el amparo de la ley para resguardar la integridad de todas los involucrados, como también la propiedad que se encuentre en medio del usufructo.
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